Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
25-11-2011

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111125-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

103
Juicio de faltas 233 de 2011

Don Pedro José Hernández Gallego, secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 233 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 176 de 2011

En Madrid, a 13 de mayo de 2011.—Vistos por mí, doña Aránzazu María González Álvarez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de instrucción número 4 de esta ciudad, los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este juzgado con el número 233 de 2011, sobre una presunta falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal en representación de la acción pública, en los que figura como denunciante don Miguel Ángel Sánchez Fernández, como perjudicado el establecimiento comercial “Lefties”, representado por la letrada señora Fernández-Bugallal Vicente-Mazariegos, y como denunciada doña Clara Ruiz Flores, cuyas demás circunstancias constan debidamente acreditadas en las actuaciones.

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña Clara Ruiz Flores, como responsable en concepto de autora de una falta de hurto, ya definida, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de cuatro euros (en total 120 euros), y a que indemnice al establecimiento comercial “Lefties” en la cantidad de 69,97 euros, así como al abono de las costas procesales, si las hubiera.

Con el apercibimiento de que el incumplimiento de la obligación de pago dará lugar automáticamente a que se ejecute, al final del tiempo de duración de la pena, la privación de libertad prevista como responsabilidad personal subsidiaria en el fundamento tercero de esta sentencia, salvo justa causa apreciada por el juzgador. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y cabe recurso de apelación (artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Clara Ruiz Flores, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 30 de septiembre de 2011.—El secretario (firmado).

(03/37.748/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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