Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
25-11-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111125-172

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

172
Demanda 1.227 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.227 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Arenas Fernández, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y “Ballestas Carrasco, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, la secretaria judicial ha acordado, en acta de 3 de noviembre de 2011, lo siguiente:

Su señoría ilustrísima, a la vista de lo manifestado por las partes, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicios señalados y requiere a la parte actora para que en un plazo de cuatro días, bajo apercibimiento de archivo, amplíe su demanda frente a la mutua “Ibermutuamur”, debiendo aportar la correspondiente copia de demanda, y sin perjuicio de ello se señalan nuevamente los actos de conciliación y/o juicio para el día 11 de junio de 2012, a las once y cuarenta horas, en la sede de este Juzgado, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación.—Firmado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ballestas Carrasco, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.081/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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