Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111126-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

EDICTO

70
Procedimiento ordinario 1.355 de 2009

Doña Rosario Negredo del Cerro, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 71 de Madrid.

Hace saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.355 de 2009, seguido ante este Juzgado, se ha acordado notificar la sentencia dictada en fecha 25 de octubre de 2011 a la demandada doña Amalia Romero Moreno mediante la publicación del presente, dado su ignorado paradero, siendo la parte dispositiva de dicha resolución del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Fernando Ruiz de Velasco Martínez de Ercilla, en nombre y representación de comunidad de propietarios de la calle Lavapiés, número 40, contra doña Amalia Romero Moreno, en situación procesal de rebeldía debo condenar y condeno a dicha parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 38.746,47 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda hasta su completo pago, así como las costas de este proceso.

En su caso: notifíquese la presente resolución a la demandada en rebeldía y paradero desconocido por medio de edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitando a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugnan (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

La admisión del recurso precisará que al prepararse se haya consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, número 0030/1845/00/3250 (cuenta del Juzgado)/0000 (número de procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios)/00 (dos últimas cifras del año del procedimiento), abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto”, el depósito de 50 euros exigido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Amalia Romero Moreno, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 25 de octubre de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/9.477/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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