Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111126-27

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

27
Tasa utilización privativa (vados)

Por medio del presente se hace público que mediante resolución 1467/2011, de 20 de septiembre, de la Alcaldía-Presidencia, se ha procedido a la aprobación del padrón relativo a la tasa por utilización privativa, aprovechamiento especial del dominio público local y por entrada de vehículos a través de las aceras y reserva de vía pública para aparcamientos exclusivos, carga y descargas de mercancías de cualquier clase (vados) correspondiente al ejercicio 2011, el cual queda expuesto al público a efectos de reclamaciones durante un período de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la aprobación de dicho padrón podrá formularse ante esta Alcaldía-Presidencia recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el siguiente al de la finalización del período de su exposición al público, según lo dispuesto en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

El período de ingreso voluntario queda establecido entre el 14 de octubre y el 14 de diciembre de 2011, ambos inclusive.

Se informa que la fecha prevista de cargo de los recibos domiciliados es el 14 de noviembre de 2011.

El pago podrá efectuarse en cualquier entidad bancaria que aparezca en el recibo correspondiente, todo ello entendido sin perjuicio de la posibilidad de efectuar la correspondiente reclamación.

Transcurrido el período de pago voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el correspondiente recargo de apremio, así como los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lo que se hace público a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 y siguientes del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y preceptos concordantes de la normativa tributaria y de régimen local.

En Ciempozuelos, a 22 de septiembre de 2011.—La alcaldesa-presidenta, María ­Ángeles Herrera García.

(02/8.454/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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