Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
28-11-2011

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111128-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 5 de octubre de 2011, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se aprueba el procedimiento de deslinde de las vías pecuarias “Colada del Congosto”, “Colada de la Casa de Eulogio al Puente de Arganda” y “Colada de la Posesión” del término municipal de Rivas-Vaciamadrid (Madrid).

El Proyecto de Clasificación de las Vías Pecuarias del Término Municipal de Rivas-Vaciamadrid (Madrid) fue aprobado por Orden Ministerial de 18 de diciembre de 1950 y publicado en el “Boletín Oficial del Estado” el 24 de diciembre de 1950.

De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, “el deslinde es el acto administrativo por el que se definen los límites de las vías pecuarias de conformidad con lo establecido en el acto de la clasificación”.

Asimismo, el artículo 15 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, establece que “mediante el acto de deslinde la Comunidad define los límites de las Vías Pecuarias previamente clasificadas”.

Así pues, mediante Acuerdo de 3 de noviembre de 2009 de la Dirección General del Medio Ambiente, se inició el procedimiento de deslinde de las vías pecuarias “Colada del Congosto”, “Colada de la Casa de Eulogio al Puente de Arganda” y “Colada de la Posesión” del término municipal de Rivas-Vaciamadrid, fijándose como lugar, fecha y hora de realización de las operaciones materiales de recorrido, reconocimiento y estudio sobre el terreno de las vías pecuarias el día 9 de febrero de 2010, a las nueve y treinta horas, en el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, sito en la plaza de la Constitución, número 1, segunda planta, de Rivas-Vaciamadrid, 28522 Madrid. A tal efecto, dicho Acuerdo de Iniciación fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 303, de 22 de diciembre de 2009, notificándose asimismo a los interesados en el procedimiento con fecha de Registro de salida de 20 de noviembre de 2009.

Tras la realización de dichas operaciones materiales y el levantamiento y firma del correspondiente acta, se redactó el Proyecto de deslinde en marzo de 2010.

El procedimiento de deslinde es sometido al trámite de información pública, mediante Acuerdo de 1 de marzo de 2010, de la Dirección General del Medio Ambiente, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 106, de 5 de mayo de 2010.

Instruido el procedimiento de deslinde de las vías pecuarias “Colada del Congosto”, “Colada de la Casa de Eulogio al Puente de Arganda” y “Colada de la Posesión” del término municipal de Rivas-Vaciamadrid, con fecha de Registro de salida de 7 de junio de 2010, se procede a dar cumplimiento al trámite de audiencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 15.2.b) de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, notificándose dicha circunstancia a cuantos figuran como interesados en el procedimiento, otorgándoles un plazo de quince días para presentar las alegaciones que estimaran oportunas. Durante estos trámites se han presentado alegaciones por parte del Ministerio de Fomento, don Manuel López Álvarez, doña Ana María Hernández-Ros Murcia, don Antonio Hernández-Ros Murcia, don Benjamín Pampliega Martínez y don José Pampliega Martínez, la entidad mercantil “Espacia Avante, Sociedad Limitada” y por la entidad mercantil “Inluisal, Sociedad Limitada”.

A su vez, durante los anteriores trámites, la Dirección General de Carreteras realiza una serie de consideraciones relativas a su legislación en los tramos en los que se superponen los dominios públicos de carreteras y pecuario. En este sentido, en la gestión del dominio público pecuario se aplicará la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, y la Ley 3/1995, básica estatal de Vías Pecuarias, con respeto y sujeción en lo necesario a la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid, y su Reglamento, aprobado por Decreto 29/1993, de 11 de marzo.

En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, habiéndose cumplido los trámites legalmente previstos en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, y en base a las competencias atribuidas por el Decreto 11/2011, de 16 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 142, de 17 de junio), y el Decreto 57/2011, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 154, de 1 de julio), esta Dirección General del Medio Ambiente

RESUELVE

Primero

Aprobar el deslinde de las vías pecuarias “Colada del Congosto”, “Colada de la Casa de Eulogio al Puente de Arganda” y “Colada de la Posesión” del término municipal de Rivas-Vaciamadrid (Madrid).

Segundo

Estimar y/o desestimar las alegaciones presentadas en el procedimiento de deslinde, en el sentido que figura en el Informe del Área de Vías Pecuarias de fecha 3 de octubre de 2011.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la excelentísima Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Madrid, a 5 de octubre de 2011.—El Director General del Medio Ambiente, Juan José Cerrón Reina.

(03/38.670/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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