Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
28-11-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111128-107

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

107
Ejecución 128 de 2011

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 128 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Noemí Elena González Barreño, contra la empresa “Istesa Comunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Madrid, a 25 de octubre de 2011.—Por la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Elena Burgos Herrera, del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, se dicta la siguiente:

Parte dispositiva:

Se despacha la ejecución general y definitiva de la sentencia dictada en el presente proceso a favor de doña Noemí Elena González Barrero, contra “Istesa Comunicaciones, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 20.203,87 euros de principal, más 2.020,38 euros de intereses y 1.212,23 euros de costas, calculados ambos conceptos provisionalmente, para garantizar el pago de intereses y costas en la presente.

Notifíquese esta resolución a las partes (y, en su caso, a la representación legal de los trabajadores de la empresa deudora) y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículos 250 y 23 de la Ley de Procedimiento Laboral), haciéndoles saber que frente a esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición a la ejecución por parte de la ejecutada, la cual habrá de sustanciarse mediante la presentación de escrito en este Juzgado de lo social en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguientes al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por este su auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Decreto

Secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 25 de octubre de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

a) Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente por un principal de 20.203,87 euros, 2.020,38 euros en concepto de costas, y 1.212,23 euros en concepto de intereses, ambos conceptos fijados provisionalmente para los fines de la presente.

b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en término de quince días puedan designar la existencia de bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Istesa Comunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.930/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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