Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
30-11-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111130-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 70

EDICTO

99
Juicio verbal 2.344 de 2009

En el juicio verbal número 2.344 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia número 200

En Madrid, a 13 de julio de 2011.—Vistos por la ilustrísima señora doña Hortensia Domingo de la Fuente, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 70 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal civil número 2.344 de 2009, seguidos a instancias de don Alberto Hidalgo Martínez, en nombre y representación de la entidad “Banco de Santander, Sociedad Anónima”, contra la entidad “Trabajos de Oficios, Sociedad Limitada”, declarada en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimo la demanda formulada por el procurador don Alberto Hidalgo Martínez, en nombre y representación de la entidad “Banco de Santander, Sociedad Anónima”, contra “Trabajos de Oficios, Sociedad Limitada”, condeno a la sociedad demandada:

1. A pagar a la actora la cantidad de 1.840,95 euros de principal, más los intereses pactados.

2. A devolver a la actora el vehículo “Ford” Fiesta Van 1.8 objeto del contrato en las mismas condiciones en que lo recibió en su día, salvo el desgaste norma derivado de un buen uso.

3. A pagar a la actora la indemnización prevista en la cláusula 8.2.c) por un importe de 905,31 euros.

4. A pagar a la actora la indemnización prevista en la cláusula 8.2 del contrato acompañado como documento número 1 sobre la base de 5,39 euros por cada día de retraso en la devolución del vehículo objeto del contrato.

5. Al pago de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles que contra la misma cabe preparar recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este órgano judicial un depósito de 50 euros.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio íntegro a los autos originales, y definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a autos.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Trabajos de Oficios, Sociedad Limitada”, la sentencia de fecha 13 de julio de 2011.

En Madrid, a 3 de noviembre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/9.767/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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