Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
01-12-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111201-244

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

244
Demanda 668 de 2011

Doña María Isabel García Valero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 668 de 2011-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José García Aguilar Tablada, contra la empresa “Industria de Alta Metalistería, Sociedad Limitada”, don José María Cabeza Oña y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado resolución, cuyo dispongo es del tenor literal siguiente:

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice:

En los hechos probados, apartado primero, donde dice: «Don Severiano Ramos Gómez ha venido prestando servicios para la codemandada “Industrias Almazán Aguilera, Sociedad Limitada”»; debe decir: «Don Juan José García Aguilar-Tablada ha venido prestando servicios para la codemandada “Industrias de Alta Metalistería, Sociedad Limitada”».

Notifíquese la presente resolución judicial a las partes, advirtiéndolas que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiera la solicitud o actuación de oficio.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Industria de Alta Metalistería, Sociedad Limitada”, y don José María Cabeza Oña, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 31 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.423/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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