Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
01-12-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111201-258

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

EDICTO

258
Procedimiento 130 de 2011-C

Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 130 de 2011-C de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Miranda Condori, contra la empresa “Alcarreña y Bonaval Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimo parcialmente la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por don Juan Carlos Miranda Condori, contra “Alcarreña y Bonaval Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, y condeno a la citada empresa a que abone al actor la cuantía bruta de 1.045,31 euros de principal y 104,53 euros de intereses de demora.

Que impongo a “Alcarreña y Bonaval Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, una multa por temeridad procesal por importe de 300 euros.

Que condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por los anteriores pronunciamientos.

La presente sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a “Alcarreña y Bonaval Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 26 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.532/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111201-258