Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
01-12-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111201-238

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

238
Demanda 1.443 de 2010

Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.443 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Aquino Santiago, contra don José Luis Torrico Vidal, y “La Herencia de la Abuela, Sociedad Limitada Nueva Empresa”, sobre ordinario, se ha dictado aclaración de sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 24 de octubre de 2011.

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el hecho probado primero, en el sentido que a continuación se dice.

Donde dice: “don Jesús María Ortega Ugena”; debe decir: “don Jesús Aquino Santiago”.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, doña María Luz Rico Recondo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José Luis Torrico Vidal, y “La Herencia de la Abuela, Sociedad Limitada Nueva Empresa”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.614/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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