Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
06-12-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111206-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

137
Demanda 532 de 2010

Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 532 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de don Joaquín Elena Domínguez, contra la empresa “Edificaciones y Tecnologías Futuro Real State, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones promovidas por don Joaquín Elena Domínguez, frente a “Edificaciones y Tecnologías Futuro Real State, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a dicha empresa al abono al actor de la cuantía de 25.000 euros.

Desestimando la demanda presentada por el demandante frente al Fondo de Garantía Salarial, debo absolver y absuelvo a dicho demandado de las pretensiones ejercitadas en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y siguientes del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe. Asimismo, deberá constituir otro depósito por importe de 150 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Edificaciones y Tecnologías Futuro Real State, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 11 de octubre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/38.847/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111206-137