Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
09-12-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111209-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

116
Ejecución 180 de 2009

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 180 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Diana Marisol Mendoza Lugo, contra don Emiliano Felipe Yuste, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 3 de octubre de 2011.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo del 50 por 100 del bien inmueble que se describe en la certificación, recibida del Registro de la Propiedad número 41 de Madrid, de la finca número 59.569, que por traslado al Registro de la Propiedad número 59.569 por el traslado al Registro de la Propiedad número 41 de Madrid es hoy la finca número 29.868, inscrita en los folios número 83 del tomo 1.562 y 189 del tomo 2.199, como propiedad de don Emiliano Felipe Yuste y doña Rosalia Guillén García, por mitades indivisas, para responder de la cantidad de 5.918 euros, más 591,80 euros para intereses y costas provisionales calculados para este procedimiento seguido a instancias de doña Diana Marisol Mendoza Lugo contra don Emiliano Felipe Yuste.

b) Notifíquese la presente resolución a doña Rosalia Guillén García, y verificado, líbrese mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda al correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir al ejecutado para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Emiliano Felipe Yuste, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.120/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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