Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
09-12-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111209-165

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

165
Demanda 1.331 de 2010

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.331 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laly Lucía Cáceres Sempertegui, contra la empresa “Servicios y Limpiezas Integrales Cano, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 554

En Madrid, a 3 de noviembre de 2011.—Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 1.331 de 2010, seguidos entre partes: de una, como demandante, doña Lucía Cáceres Sempertegui, representada por el letrado señor Barragán Morales, y de la otra, como demandados, la empresa “Servicios y Limpiezas Integrales Cano, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Lucía Cáceres Sempertegui, debo condenar y condeno a “Servicios y Limpiezas Integrales Cano, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 3.413,10 euros en concepto de horas extras, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora; debiendo absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación por medio de comparecencia o por escrito.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios y Limpiezas Integrales Cano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.365/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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