Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
09-12-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111209-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

57
Avocar delegación

Por resolución de esta Alcaldía de 20 de junio de 2011 fueron delegadas en el miembro de la Corporación doña Rosa Preciado Lage, concejala del Partido Popular, el ejercicio de las atribuciones en materia de juventud, competencia de esta Alcaldía.

Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, delegación revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido, de conformidad con los artículos 114 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, de 28 de noviembre de 1986, y 13.6 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En consecuencia, vistos, entre otros, los artículos 21.2 y 3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 43, 44, 114, 116, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, de 28 de noviembre de 1986, en relación con el artículo 13.6 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por razones de índole técnica y organizativa y en aras del interés público, por el presente he resuelto:

Primero.—Avocar la delegación en el miembro de la Corporación, doña Rosa Elena Preciado Lage, del ejercicio de las siguientes atribuciones en materia de juventud:

1. Señalar las directrices generales en las materias delegadas de juventud.

2. Hacer cumplir los bandos y órdenes emanados de la Alcaldía, las ordenanzas municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al municipio, dentro de las competencias delegadas.

3. Inspeccionar, fiscalizar y coordinar la actividad de los servicios a su cargo.

4. Decretar la tramitación, conclusión y archivo de los expedientes que aparezcan ultimados en todos sus trámites y se refieran a materias propias de las competencias delegadas.

5. Dirigir la política municipal en materia de juventud, analizando y canalizando sus necesidades y peticiones.

6. Gestionar actividades organizadas por la Casa de la Juventud.

7. Gestión, coordinación y dirección de la Casa de la Juventud.

Segundo.—Notificar la presente resolución a doña Rosa Elena Preciado Lage, remitir el decreto de revocación al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo, igualmente, publicar el decreto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por la alcaldesa, y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.

En lo no previsto en esta resolución regirán la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Reglamento de Organización y Funcionamiento en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas normas.

Colmenarejo, a 31 de octubre de 2011.—La alcaldesa, Nieves Roses Roses.

(03/40.242/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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