Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
09-12-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111209-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 62

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

89
Procedimiento ordinario 1.266 de 2009

En el procedimiento ordinario número 1.266 de 2009 se ha dictado providencia sentencia de 6 de septiembre de 2011, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 6 de septiembre de 2011.—Doña Manuela Hernández Lloreda, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 62 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 1.266 de 2009, seguidos por el procurador de los tribunales señor Blanco Fernández, en nombre y representación de don Argimiro García Fraile y doña Rosa Sanz Monge, asistidos del letrado señor Cortés Borges, contra “Comercialización de Aprovechamiento por Turno, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, y “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid” (“Caja Madrid”), representada por el procurador de los tribunales señor Melchor de Oruña y asistida de la letrada señora Sierra Vinuesa, se opuso a la demanda, procede a dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por el procurador de los tribunales señor Blanco Fernández, en nombre y representación de don Argimiro García Fraile y de doña Rosa Sanz Monge, contra “Comercialización de Aprovechamiento por Turno, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, y “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid” (“Caja Madrid”), representada por el procurador de los tribunales señor Melchor de Oruña, procede declarar la resolución del contrato de 10 de agosto de 2003, suscrito por los demandantes con la primera de las demandadas, con imposición a esta de las costas procesales causadas, desestimando el resto de las pretensiones y absolviendo de las mismas a “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid” (“Caja Madrid”) e imponiendo a la actora las costas procesales causadas a esta en el procedimiento declarando su temeridad.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá interponerse en este Juzgado por medio de escrito en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Comercialización de Aprovechamiento por Turno, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 14 de noviembre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/10.114/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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