Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
14-12-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111214-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

81
Ampliación delegación facultades

El señor alcalde-presidente, mediante decreto 2456/2011, de 10 de noviembre, ha ampliado la delegación genérica de facultades que se realizó en el concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, don Juan Carlos Pérez González, en el decreto 1253/2011, de 11 de junio. Dicho decreto ha sido ampliado de la siguiente forma:

— Se incluye, dentro de su cargo, el de concejal de Movilidad, por lo que pasa a ser concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda.

— Se amplían las facultades que ya tenía delegadas con las siguientes:

l Dictar medidas para la restauración del orden urbanístico y ambiental alterado, así como lo relativo a la apertura de establecimientos sin la correspondiente licencia municipal.

l Dictar las medidas establecidas en la legislación urbanística y ambiental vigente con motivo de infracciones urbanísticas, así como la exigencia de la responsabilidad sancionadora.

l Dictar órdenes de ejecución en aquellos supuestos que sean de su competencia.

l Declaraciones de ruina.

l La autorización y el control sanitario de empresas, instalaciones y servicios funerarios regulados en el Decreto 124/1997, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Sanidad Mortuoria de la Comunidad de Madrid.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Majadahonda, a 18 de noviembre de 2011.—El alcalde, Narciso de Foxá Alfaro.

(03/40.652/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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