Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
14-12-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111214-178

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CASTELLÓN NÚMERO 3

EDICTO

178
Procedimiento ordinario 1.027 de 2010

Doña María José Delgado-Iribarren Pastor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Castellón.

Hago saber: Que en este Juzgado de lo social, se siguen autos número 1.027 de 2010 a instancias de don Antonio José Roig Bellver, contra “Unipal, Sociedad Limitada”, “Biometría Médica, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Biomédica i Social, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en la que el día 7 de noviembre de 2011 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que por estimación total de la demanda formulada por don Antonio José Roig Bellver, contra las empresas “Unipal, Sociedad Limitada”, “Biometría Médica, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Biomédica i Social, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a estas últimas a abonar al actor, por los conceptos y períodos reclamados en la demanda la cantidad total de 29.576,53 euros, más los intereses moratorios de dicha cantidad que se fijan en un 10 por 100 anual.

Todo ello con responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, en la parte que legalmente le corresponde, en caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte, su abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito ante este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a “Biometría Médica, Sociedad Limitada Unipersonal”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Castellón, a 8 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.737/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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