Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
16-12-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111216-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

92
Demanda 1.300 de 2010

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.300 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vicente Ruiz de León Hurtado de Mendoza y don Luis Mariano Losada Moraleda, contra la empresa “Distribuciones Consuegra y González, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 10 de noviembre de 2011.—En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia, se aprecia la necesidad de aclarar el fallo de la sentencia, quedando este de la siguiente manera:

«Estimando la demanda de despido a instancias de don Luis Losada Moraleda y don Vicente Ruiz de León Hurtado de Mendoza, frente a “Distribuciones Consuegra y González, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de los actores producido el 27 de agosto de 2010 y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, condenando a la empresa demandada a abonar a los actores las siguientes cantidades en concepto de indemnización y por salarios de tramitación:

A don Vicente Ruiz de León:

Indemnización: 51.060,60 euros.

Salarios de tramitación: 13.616,16 euros.

A don Luis Mariano Losada:

Indemnización: 24.815,70 euros.

Salarios de tramitación: 3.381,48 euros.

Sin hacer pronunciamiento alguno respecto al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria en caso de insolvencia provisional de la empresa.»

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Romero-Valdespino Jiménez.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Distribuciones Consuegra y González, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.068/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111216-92