Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
17-12-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111217-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

84
Demanda 1.653 de 2009

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.653 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hernán Javier Vergara, contra la empresa “Basicarne, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 2 de noviembre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín.—En Madrid, a 2 de noviembre de 2011.

Visto el estado de las presentes actuaciones, y desprendiéndose de las mismas que la sentencia dictada es firme, dese traslado a las partes haciéndoles saber que se procede al archivo.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Así lo ordeno y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto, decreto o sentencia o se trate de emplazamiento, que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Basicarne, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.093/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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