Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
20-12-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111220-131

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

131
Demanda 1.430 de 2008

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.430 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Amadou Korka Diallo, contra las empresas “Quemo Ture Cassama, Sociedad Limitada”, “Cassama Sani, Sociedad Limitada”, “Construcciones, Promociones e Instalaciones, Sociedad Anónima”, “El Corte Inglés, Sociedad Anónima”, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, “Ferromontajes Ruiz, Sociedad Limitada”, “Fomento de Construcciones y Contratas, Sociedad Anónima”, “Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, “Mapfre Industrial, Sociedad Anónima, Compañía Aseguradora”, y “Axa Aurora Ibérica, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 343 de 2011

En Madrid, a 30 de septiembre de 2011.—Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, tras haber visto los presentes autos sobre procedimiento ordinario, seguidos a instancias de don Amadou Korka Diallo, contra las empresas “Quemo Ture Cassama, Sociedad Limitada”, “Cassama Sani, Sociedad Limitada”, y “Ferromontajes Ruiz, Sociedad Limitada”, que no comparecen pese a estar citadas en legal forma; “El Corte Inglés, Sociedad Anónima”, “Construcciones, Promociones e Instalaciones, Sociedad Anónima”, “UTE, Fomento de Construcciones y Contratas, Sociedad Anónima e Isoa”, “Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, “Mapfre Global Ricks Compañía Internacional”, y “Axa Aurora Ibérica, Sociedad Anónima”, y siendo parte Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, pese a estar citado en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva “ad causam” esgrimida por “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, “El Corte Inglés, Sociedad Anónima”, y “Construcciones, Promociones e Instalaciones, Sociedad Anónima”, desestimando la demanda interpuesta por don Amadou Korka Diallo contra las empresas “Quemo Ture Cassama, Sociedad Limitada”, “Cassama Sani, Sociedad Limitada”, y “Ferromontajes Ruiz, Sociedad Limitada”, que no comparecen pese a estar citadas en legal forma, “El Corte Inglés, Sociedad Anónima”, “Construcciones, Promociones e Instalaciones, Sociedad Anónima”, “UTE, Fomento de Construcciones y Contratas, Sociedad Anónima e Iso”, “Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, “Mapfre Global Ricks Compañía Internacional”, y “Axa Aurora Ibérica, Sociedad Anónima”, y siendo parte Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, pese a estar citado en legal forma, debo absolver y absuelvo a las codemandadas de las peticiones formuladas en contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Quemo Ture Cassama, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.303/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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