Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
20-12-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111220-136

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

136
Demanda 610 de 2011

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 610 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Mutua Universal Mugenat”, contra la empresa “Félix Gutiérrez Fernández Star & Go Solutions, Sociedad Limitada”, Tesorería General de la Seguridad Social e Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 428 de 2011

En Madrid, a 17 de noviembre de 2011.—Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 610 de 2011, sobre Seguridad Social, seguidos entre partes: de una, y como demandante, “Mutua Universal Mugenat”, representada por la letrada doña Raquel Ropero Hermida, y de otra, como partes demandadas, don Félix Gutiérrez Fernández, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, representados por el letrado don Jesús Gutiérrez Gutiérrez, y “Star & Go Solutions, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por “Mutua Universal Mugenat”, contra “Star & Go Solutions, Sociedad Limitada”, don Félix Gutiérrez Fernández, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, declaro la responsabilidad y obligación de la empresa codemandada de reintegrar a la mutua demandante la cantidad de 1.355,31 euros, correspondiente a la prestación por incapacidad temporal abonada por la mutua al trabajador también codemandado, del 11 de agosto de 2009 al 8 de septiembre de 2009, condenando a la referida empresa a su abono, con absolución del resto de los codemandados.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme al no contemplarse legalmente la posibilidad de interponer recurso alguno frente a la misma.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Star & Go Solutions, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.294/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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