Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
20-12-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111220-167

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

167
Ejecución 198 de 2011

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 198 de 2011-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Máximo Gómez Cepeda, don Gregorio Gómez Cepeda, don José Antonio Gómez Cepeda, don José María Gómez Arroyo, don Rafael Lagartera Bernabé y don Andrés López López, contra las empresas “Construcciones Jomacersa, Sociedad Limitada”, “Promosur Mapesa, Sociedad Limitada”, “Construsur Mapesa, Sociedad Limitada”, y “Promociones y Construcciones Perjar, Sociedad Limitada”, sobre ejecución, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 12 de noviembre de 2010, aclarada por auto de fecha 29 de diciembre de 2010, a favor de la parte ejecutante, don Máximo Gómez Cepeda, don Gregorio Gómez Cepeda, don José Antonio Gómez Cepeda, don José María Gómez Arroyo, don Rafael Lagartera Bernabé y don Andrés López López, frente a “Construcciones Jomacersa, Sociedad Limitada”, “Promosur Mapesa, Sociedad Limitada”, “Construsur Mapesa, Sociedad Limitada”, y “Promociones y Construcciones Perjar, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 183.335,27 euros de principal, desglosado de la siguiente manera:

Para don Máximo Gómez Cepeda: 28.787,40 euros de indemnización, más 12.286,96 euros de salarios de tramitación, resultando un total de 41.074,36 euros.

Para don Gregorio Gómez Cepeda: 23.878,80 euros de indemnización, más 11.452,98 euros de salarios de tramitación, resultando un total de 35.331,78 euros.

Para don José Antonio Gómez Cepeda: 23.878,80 euros de indemnización, más 11.452,98 euros de salarios de tramitación, resultando un total de 35.331,78 euros.

Para don José María Gómez Arroyo: 13.510,20 euros de indemnización, más 10.484,32 euros de salarios de tramitación, resultando un total de 23.994,52 euros.

Para don Rafael Lagartera Bernabé: 23.878,80 euros de indemnización, más 11.452,98 euros de salarios de tramitación, resultando un total de 35.331,78 euros.

Para don Andrés López López: 12.271.05 euros de indemnización.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a las ejecutadas “Construcciones Jomacersa, Sociedad Limitada”, “Promosur Mapesa, Sociedad Limitada”, “Construsur Mapesa, Sociedad Limitada”, y “Promociones y Construcciones Perjar, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 183.335,27 euros de principal (desglosado según consta en sentencia de fecha 12 de noviembre de 2010, aclarada por auto de fecha 29 de diciembre de 2010). Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Jomacersa, Sociedad Limitada”, “Promosur Mapesa, Sociedad Limitada”, “Construsur Mapesa, Sociedad Limitada”, y “Promociones y Construcciones Perjar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 16 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.423/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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