Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
21-12-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111221-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

OTROS ANUNCIOS

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Baja padrón habitantes

De conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, habiéndose intentado la notificación a los interesados sin que haya sido posible practicarla se procede, conforme al artículo 59.4 de la citada Ley, a efectuar la notificación de la resolución 2011001799, de 5 de octubre, por medio del presente anuncio:

“De conformidad con la modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por Ley 14/2003, de 20 de noviembre, y a tenor de lo dispuesto en la resolución de 28 de abril de 2005, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística, y del director general de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años.

Que, transcurrido el plazo de dos años establecidos en las citadas normas sin que por los interesados se haya procedido a la renovación expresa desde la fecha de inscripción en el padrón municipal de habitantes.

En virtud de las competencias delegadas mediante decreto de Alcaldía 104/2011, de 13 de junio, resuelvo:

Primero.—Dar por caducadas las inscripciones padronales que a continuación se relacionan y comunicadas por el Instituto Nacional de Estadística en fichero de intercambio H28014IA.611.

Segundo.—El efecto de la caducidad y baja en el padrón municipal de habitantes será el de la fecha de publicación, conforme a los artículos 42, 58 y 59 de la Ley 30/1992, de ­Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo.



Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, potestativamente, recurso de reposición previo al recurso contencioso-administrativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a esta notificación, ante el mismo órgano que la dictó, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente notificación ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de la provincia de Madrid”.

Arganda del Rey, a 3 de noviembre de 2011.—La secretaria general, Isabel Sevilla Nohales.

(02/9.695/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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