Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
23-12-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111223-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

103
Procedimiento ordinario 557 de 2009

En el procedimiento ordinario número 557 de 2009 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 1 de diciembre de 2010.—Vistas y oídas las presentes actuaciones por doña María Victoria Balseiro Diéguez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia del Juzgado número 59 de Madrid y su partido, ha pronunciado, en nombre de Su Majestad el Rey, la siguiente

Sentencia

En los autos de juicio ordinario número 557 de 2009, seguidos en este Juzgado a instancias del Consorcio de Compensación de Seguros, representado y defendido en las actuaciones por el abogado del Estado, contra don Teodor Marin Varzaru, declarado en rebeldía, sobre reclamación de cantidad en cuantía de 5.551,94 euros.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el abogado del Estado, en representación del Consorcio de Compensación de Seguros, debo condenar y condeno al demandado don Teodor Marin Varzaru a que abone a la parte actora la cantidad reclamada de 5.511,94 euros, más los intereses legales devengados por la anterior cantidad desde la fecha de presentación de la demanda hasta su completo pago, los que, a partir de la fecha de la presente sentencia, se incrementarán en la forma determinada por el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, condenando, asimismo, al expresado demandado al abono de las costas procesales devengadas en la tramitación del procedimiento en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles de que contra la misma podrán preparar ante este Juzgado recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, que no será admitido a trámite si no se acreditara por la parte interesada en interponerlo al tiempo de su preparación haber constituido el depósito requerido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida mediante Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta su sentencia, de la que se expedirá certificación literal para su unión a los autos, incorporándose el original de la misma al libro de sentencias que en este Juzgado se custodia, lo pronuncia, manda y firma ante mí.

Y como consecuencia del ignorado pagadero de don Teodor Marin Varzazu, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 29 de septiembre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/10.474/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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