Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
24-12-2011

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111224-48

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SECRETARÍA DE GOBIERNO

EDICTO

48
Nombramiento de juez de paz sustituto de Ajalvir

Don José Palazuelos Morlanés, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Doce.—Nombramiento de juez de paz sustituto de Ajalvir.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Ajalvir en la que se propone el nombramiento de don Francisco Valentín Mesonero Barragán para el cargo de juez de paz sustituto, aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 6 de octubre de 2011, con la asistencia de los once concejales que componen la Corporación, el acuerdo se adoptó por mayoría absoluta.

Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de 6 de octubre de 1993, con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades, y observando que concurren en los electos las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: nombrar juez de paz sustituto de Ajalvir a don Francisco Valentín Mesonero Barragán.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial; al Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Torrejón de Ardoz, partido judicial al que pertenece; al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Ajalvir; al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 7 de noviembre de 2011.—El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.

(03/40.778/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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