Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
26-12-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111226-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 89

EDICTO

83
Juicio verbal 2.339 de 2010

En el juicio verbal número 2.339 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Fallo

Estimando la excepción de prescripción de la acción, y sin entrar en el fondo del asunto que se debate, se desestima la demanda interpuesta por don Julián Fernández Valverde (como propietario de la vivienda situada en la calle Duquesa de Parcent, número 90, bajo derecha, de Madrid) de juicio verbal civil, en reclamación de cantidad ascendente a 4.039,64 euros, contra comunidad de propietarios de la calle Duquesa de Parcent, número 90, de Madrid, contra la entidad “Elba Rehabilitaciones” (empresa encargada de la rehabilitación del edificio), y contra “Transportes y Mudanzas Toro, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía, absolviendo a las demandadas de los pedimentos de la demanda. Las costas causadas hasta esta primera instancia serán a cargo del actor.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación en plazo de cinco días.

Para que el recurso de apelación sea admitido es necesario que al tiempo de prepararse el mismo se haya constituido en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, al número 4085, y en la cuenta expediente correspondiente, el depósito de 50 euros, debiendo acreditar dicho extremo mediante resguardo de ingreso o transferencia que se acompañará al escrito de preparación del recurso. Si no se cumpliere este requisito el recurso no será admitido [disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, añadida por el artículo primero, número 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (“Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009)].

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Transportes y Mudanzas Toro, Sociedad Limitada”.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/10.528/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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