Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
26-12-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111226-122

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

122
Ejecución 203 de 2009

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 98 de 2009, ejecución número 203 de 2009-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Sánchez Romero y doña Sara Torres Torres, contra la empresa “Comunity Chill Out Project, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 24 de noviembre de 2011.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se procede a unir a los autos el anterior escrito presentado por las partes actoras solicitando la ejecución de la sentencia de fecha 23 de mayo de 2009 dictada en las presentes actuaciones, en relación con el auto de fecha 18 de diciembre de 2009, el cual fue revocado por la sentencia de fecha 14 de abril de 2011 dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Gil Meana.—En Madrid, a 24 de noviembre de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 23 de mayo de 2009 y del auto de fecha 18 de diciembre de 2009, el cual fue revocado por la sentencia de fecha 14 de abril de 2011 dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a favor de las partes ejecutantes don Jesús Sánchez Romero y doña Sara Torres Torres, frente a la parte ejecutada “Comunity Chill Out Project, Sociedad Limitada”, por un principal de 17.518,16 euros correspondientes a salarios de tramitación (8.759,08 euros a favor de don Jesús Sánchez Romero y 8.759,08 euros a favor de doña Sara Torres Torres), más la cantidad de 1.051,08 euros de intereses y 1.751,81 euros de costas, calculados provisionalmente sin perjuicio de ulterior liquidación.

Diligencia.—En Madrid, a 24 de noviembre de 2011.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que efectuada consulta informática al “Boletín Oficial del Registro Mercantil”, se procede a unir el anterior edicto publicado en dicho organismo en fecha 23 de diciembre de 2010, en virtud del cual por el Juzgado de lo social, número 2 de Madrid, en el procedimiento número 521 de 2009, ejecución número 15 de 2010, se ha dictado en fecha 9 de diciembre de 2010 resolución declarando en situación de insolvencia a la ejecutada “Comunity Chill Out Project, Sociedad Limitada”. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Decreto

Secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 24 de noviembre de 2011.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que pueda instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora que les consten, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar la insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2805/0000/31/0203/09 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Comunity Chill Out Project, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.679/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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