Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
26-12-2011

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111226-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

55
Modificación cargos régimen dedicación exclusiva y “sin dedicación”

De conformidad con las determinaciones de los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley citada, se hace público que el Pleno en sesión ordinaria de 24 de noviembre de 2011 quedó enterado del decreto de Alcaldía de 23 de noviembre modificando la determinación de cargos en régimen de dedicación exclusiva y “sin dedicación”, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

“Primero.—Aceptar la renuncia al régimen de dedicación exclusiva y tener por ejercitada la opción para pasar al régimen de “sin dedicación” de don Gonzalo Pastor Barahona.

Segundo.—Modificar el decreto de Alcaldía de 22 de junio de 2011 por el que se determinaban los cargos que debían prestarse en los regímenes de dedicación exclusiva y de dedicación parcial de modo que por lo que se refiere el Portavoz Adjunto del Grupo Municipal Socialista su régimen sea el de “sin dedicación” con baja en la Seguridad Social y percibiendo exclusivamente las asistencias que devengue por la efectiva concurrencia a los órganos de los que forme parte.

Tercero.—Publicar la parte dispositiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y fíjese en el tablón de anuncios de la Corporación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Cuarto.—Dese cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.”

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el precedente decreto, de conformidad con lo establecido en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; 8, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrá ser recurrido por los interesados potestativamente en reposición ante la Alcaldía del Ayuntamiento, en el plazo de un mes desde su notificación, o impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta notificación o de aquel en que se practique la notificación de la resolución del recurso potestativo de reposición si se hubiera interpuesto, o cualquier otro que considere oportuno en defensa de sus derechos, y todo ello sin perjuicio de que los miembros de la corporación tienen legitimación en los supuestos del artículo 63.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, indicándole que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Pozuelo de Alarcón, a 12 de diciembre de 2011.—La secretaria general del Pleno [Resolución 16 de septiembre de 1999; “Boletín Oficial del Estado” número 232 de 28 de septiembre de 1999, y disposición adicional quinta.a) de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre], Elvira M. C. García García.

(03/41.918/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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