Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2011

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111227-12

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

12
RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2011, por la que se hace público el acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de noviembre de 2011, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, en la delimitación de los ámbitos APR 4.3-13, “Zona al Norte del Campus de Somosaguas”, y APR 4.4-01, “Campus de Somosaguas”.

Por el Consejo de Gobierno, con fecha 24 de noviembre de 2011, se adoptó, entre otros, el Acuerdo del siguiente tenor literal:

«I. Con fecha 17 de marzo de 2011, el Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón acordó la aprobación provisional de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, en la delimitación de los ámbitos APR 4.3-13, “Zona al Norte del Campus de Somosaguas”, y APR 4.4-01, “Campus de Somosaguas”, y su remisión para su aprobación definitiva por el órgano autonómico competente. Con fecha 14 de julio de 2011 el Ayuntamiento aporta documentación complementaria.

Consta en el expediente el informe favorable de la Dirección General de Evaluación Ambiental de 2 de febrero de 2011.

II. La Modificación Puntual tiene por objeto el reajuste de la delimitación de los ámbitos de las Áreas de Planeamiento Remitido APR 4.3-13, “Zona al Norte del Campus de Somosaguas”, y APR 4.4-01, “Campus de Somosaguas”, de manera que la realidad urbanística de estos suelos se corresponda con la realidad registral de los mismos.

Según se expresa en la memoria justificativa, durante el proceso de revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón en el año 2002, se llevó a cabo la delimitación de estos ámbitos atendiendo a los límites de propiedad, sin que se hiciese de forma correcta.

Con la presente modificación, el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón pretende que su Plan General recoja de manera definitiva las delimitaciones de ambos ámbitos, una vez reajustadas sus superficies y rectificado el lindero, y sea posible su desarrollo mediante los correspondientes instrumentos urbanísticos.

III. Los dos ámbitos ocupan la totalidad de la superficie delimitada por las carreteras M-503 y M-508, y tienen una superficie total de 812.980 metros cuadrados.

Los propietarios de los terrenos son el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, propietario del APR 4.3-13, y la Universidad Complutense de Madrid, propietaria del APR 4.4-01.

La calificación de los ámbitos en el Plan General de Ordenación Urbana es de sistema general de espacios libres y deportivos para el ámbito APR 4.3-13, de propiedad municipal, y como red supramunicipal de equipamientos educativos universitarios para el ámbito APR 4.4-01.

Cada uno de los ámbitos se constituye como una única Unidad de Ejecución.

La rectificación del lindero implica que 28.220 metros cuadrados, localizados en el APR 4.3-13, pasen al APR 4.4-01, por lo que la suma total de superficies no se ve alterada ni se altera tampoco ninguna de las determinaciones establecidas por el Plan General para cada uno de ellos, ni afecta a los objetivos y ordenación del propio Plan General.

El cuadro siguiente refleja los cambios superficiales operados:



La Modificación supone el cambio de los siguientes planos y documentos del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón:

— Ficha de Unidades de Ejecución en Suelo Urbano (Áreas de Planeamiento Remitido) denominada “Zona al Norte del Campus de Somosaguas” APR 4.3-13 (compuesto por tres hojas y un plano).

— Ficha de Unidades de Ejecución en Suelo Urbano (Áreas de Planeamiento Remitido) denominada “Campus de Somosaguas” APR 4.4.01 (compuesto por dos hojas y un plano).

— Plano 5, Hoja 4.4, “Calificación y regulación del suelo”.

IV. Respecto al análisis y valoración de la Modificación Puntual propuesta, la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial emite el informe técnico-jurídico de fecha 24 de agosto de 2011, señalando lo siguiente:

La Modificación Puntual propuesta se limita a corregir la línea divisoria entre el ámbito APR 4.3-13, “Zona al Norte del Campus de Somosaguas”, y su colindante, el APR 4.4.01, “Campus de Somosaguas”, propiedad de la Universidad Complutense de Madrid, cuya conformidad se señala en la memoria del documento técnico presentado por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

La Modificación Puntual no afecta a la superficie total de suma de los dos ámbitos ni a ninguna otra determinación del Plan General, y la pequeña variación de superficie que se reduce en uno de los ámbitos para incrementar el otro no tiene trascendencia alguna en cuanto a posibles incrementos o decrementos de aprovechamientos lucrativos, puesto que en ambos casos se trata de suelos públicos.

En conclusión, la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial informa favorablemente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, en la delimitación de los ámbitos APR 4.3-13, “Zona al Norte del Campus de Somosaguas”, y APR 4.4-01, “Campus de Somosaguas”.

V. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 29 de septiembre de 2011, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de 14 de septiembre de 2011, informó favorablemente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, en la delimitación de los ámbitos APR 4.3-13, “Zona al Norte del Campus de Somosaguas”, y APR 4.4-01, “Campus de Somosaguas”.

VI. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplimentado los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus modificaciones y revisiones en su fase municipal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid adoptado en la sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2011, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de noviembre de 2011,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, en la delimitación de los ámbitos APR 4.3-13, “Zona al Norte del Campus de Somosaguas”, y APR 4.4-01, “Campus de Somosaguas”.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado expediente se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, y en www.madrid.org, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 25 de noviembre de 2011.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/41.814/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111227-12