Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111227-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

199
Demanda 1.436 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.436 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Raúl Rubio Moreno, contra la empresa “Estructuras Onico, Sociedad Limitada”, sobre derecho y cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo la demanda del actor don Ángel Raúl Rubio Moreno y declaro debida la cantidad reclamada con su demanda. En consecuencia, condeno a la demandada “Estructuras Onico, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone al actor la cantidad de 1.382,80 euros de principal.

Asimismo, declaro la mora de la demandada, y a la anterior cantidad se le incrementará el 10 por 100 moratorio anual desde la fecha en que debieron percibirse hasta su total pago.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que responderá hasta el límite legal de las cantidades objeto de condena, no haciéndose extensiva la declaración de mora a dicho organismo.

Esta sentencia no tiene recurso por razón de su cuantía.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estructuras Onico, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.508/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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