Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111227-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 7

EDICTO

146
Procedimiento ordinario 889 de 2008

Don Miguel Ángel Delgado Luquero, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 4 (anterior mixto número 7) de Torrejón de Ardoz.

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado de juicio ordinario número 889 de 2008 se ha dictado sentencia de fecha 27 de octubre de 2010, en la que consta el siguiente encabezamiento y fallo:

Sentencia

En Torrejón de Ardoz, a 27 de octubre de 2010.—Vistos por mí, doña María Luz Losada Vime, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Torrejón de Ardoz y su partido, los presentes autos de juicio ordinario tramitados en este Juzgado bajo el número 889 de 2008, seguidos entre las siguientes partes: de un lado, como demandante, “FCE Bank, PLC”, sucursal en España, representada por la procuradora doña Yolanda de Lope Amor y asistida por el letrado don Enrique Javier Ortiz Ostale, y de otro, como demandado, don Florin Ionascu, declarado en rebeldía procesal, sobre reclamación de la cantidad de 30.328,02 euros, más los intereses y las costas.

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora señora De Lope Amor, en nombre y representación de “FCE Bank, PLC”, sucursal en España, contra don Florin Ionascu, condenando al demandado a abonar a la actora la cantidad de 30.328,02 euros, más el interés de demora en la forma estipulada en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución, y con expresa condena en costas del demandado.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid de conformidad con lo dispuesto en los artículos 454, 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Florin Ionascu.

En Torrejón de Ardoz, a 27 de octubre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/10.499/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111227-146