Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
31-12-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111231-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

68
Ejecución 233 de 2011

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 233 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Pilar López Lozano, contra la empresa “Liperjasa, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado diligencia de ordenación y tasación de costas de fecha 30 de noviembre de 2011, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 30 de noviembre de 2011.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hace constar que se ha recibido escrito de la letrada de la parte actora presentando minuta de honorarios, en autos arriba reseñados.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 30 de noviembre de 2011.

El anterior escrito y minuta por recibidos, únanse a los actos de su razón, y practíquese por la secretaria judicial la tasación de costas, con la advertencia de que conforme al artículo 244.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, una vez acordado el traslado de la tasación que se practique no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a la interesada, su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.

Hágase saber a las partes que la presente diligencia no es firme y que, de existir motivo para ello, podrán pedir su revisión en el día siguiente a su notificación en escrito motivado dirigido al Juzgado.

Así lo ordeno y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.—Doy fe.

Tasación de costas

Que practica la secretaria judicial que suscribe en las presentes, actuaciones tramitadas con el número 800 de 2010, ejecución número 233 de 2011, a instancias de doña Pilar López Lozano, contra “Liperjasa, Sociedad Limitada”.

Honorarios de letrado (según minuta) 300 euros.

18 por 100 de impuesto sobre el valor añadido sobre 300 euros: 54 euros.

Importa la presente tasación de costas la suma total de 354 euros.

Dese traslado de esta diligencia a las partes por plazo común de diez días, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo de diez días:

a) Por indebida, si se hubiesen incluido en ella partidas, derechos o gastos indebidos.

b) O por excesivos los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel.

c) O por no haberse incluido gastos debidamente justificados y reclamados, o la totalidad de la minuta de honorarios de abogado, perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel.

d) Y que, en su caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiere la discrepancia y las razones de esta, no admitiéndose la impugnación a trámite de no efectuarse dicha mención (artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Liperjasa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.058/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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