Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 4
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120105-82
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 6
EDICTO
En el presente procedimiento de juicio verbal número 573 de 2009, seguido a instancias de la señora Martín Rico, en nombre y representación de “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, frente a don Germán Arturo Parra Zapata, ha dictado sentencia, cuyo texto literal es el siguiente:
Sentencia número 59
Magistrada-juez de primera instancia, doña Gemma Dolores Solé Mora.—En Getafe, a 19 de mayo de 2011.
Demandante, “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, abogado sin profesional asignado y procuradora doña María África Martín Rico Sanz, y demandado, don Germán Arturo Parra Zapata, con abogado sin profesional asignado y procurador sin profesional asignado.
Fallo
Que estimando la demanda presentada por “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña África Martín Rico Sanz y defendida por la letrada doña Laura César Clavijo, contra don Germán Arturo Parra Zapata, en situación procesal de rebeldía, debo condenar al demandado:
a) A la resolución del contrato de suministro de gas suscrito entre su mandante y el abonado, en virtud del cual la parte actora presta suministro de gas en la vivienda sita en la calle Cipriano Díaz “El Herrero”, número 27, bajo B, de Getafe.
b) A pagar y a satisfacer a “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, la cantidad de 1.323,63 euros en concepto de daños y perjuicios, más el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda. Desde la presente resolución, una vez firme, hasta su completo pago, se deberán los legales incrementados en dos puntos.
c) A permitir la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador del gas, clausurando la instalación receptora (operación mecánica necesaria para resolver el contrato). Y en su defecto, si el demandado continúa oponiéndose, se libre mandamiento de entrada para que en el día y hora que se señale, se constituya la comisión judicial en el mismo, asistida de esta representación, a fin de que por el personal técnico de su compañía se proceda a la privación del suministro, desmontando el contador.
Asimismo, deberá abonar las costas causadas en esta instancia.
Notifíquese a las partes, con indicación de que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial dentro del plazo de cinco días.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Se dictó en el día de su fecha y en audiencia pública.—Doy fe.
Y encontrándose dicho demandado don Germán Arturo Parra Zapata en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Getafe, a 4 de julio de 2011.—El secretario (firmado).
(02/10.715/11)

