Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2012

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120110-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

112
Ejecución 320 de 2010

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 320 de 2010-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Arroyo Villaseñor, don Rafael Palao Rodríguez, don Ángel Arias Mohedas, don Tomás Barrientos Sabroso y don Miguel Palazuelos Pareja, contra la empresa “Inoxidables MCR, Sociedad Anónima”, sobre ejecución, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 19 de diciembre de 2011.

El anterior escrito de la parte demandante; únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas.

Se tiene por solicitada la ampliación de la ejecución contra las empresas “Metalinox 2010, Sociedad Limitada”, y “Artística del Inoxidable, Sociedad Limitada”.

Se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle San Antonio, número 6, planta segunda, el día 22 de marzo de 2012, a las once y cincuenta horas, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.

Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inoxidables MCR, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 19 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.887/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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