Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120111-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

104
Demanda 572 de 2011

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Fernando Molina Nebreda, don Delfín Jiménez Sánchez, don José Moreno Molina, don Antonio Ávila Fernández, don Borislav Ventzislavov Gabaski, don Miguel Oswaldo Segarra Peñafiel y don Erwin Romelio Mosquera Ávila, contra “Transquinta de Servicios, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 572 de 2011, se ha acordado citar a “Transquinta de Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 17 de enero de 2012, a las diez y veinte horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 24, sito en la calle Princesa, número 3, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Transquinta de Servicios, Sociedad Limitada”, y don Emilio García Caro Carbonell, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 27 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/713/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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