Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9
Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120111-15
Páginas: 2
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 27 de octubre de 2011, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras para las obras de impulsión de aguas residuales, en el término municipal de Navacerrada, promovido por el Canal de Isabel II.
En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de fecha 13 de octubre de 2011, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el 13 de octubre de 2011, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal, una vez cumplido, con fecha 12 de diciembre de 2011, el preceptivo trámite de publicación en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el presente Acuerdo de la Comisión de Urbanismo, se hace público mediante la presente Resolución:
“Primero
Someter el Plan Especial de Infraestructuras para las obras de impulsión de aguas residuales, en el término municipal de Navacerrada, promovido por el Canal de Isabel II.
Segundo
Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de un mes, mediante inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.
Tercero
Requerir informe, concediendo el mismo plazo de un mes para su emisión, a los siguientes organismos afectados:
— Dirección General del Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias de la Subdirección General de Recursos Agrarios y Subdirección General de Conservación del Medio Natural y Calidad del Aire). Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
— Dirección General de Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
— Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
— Dirección General de Ordenación e Inspección. Consejería de Sanidad.
— Dirección General de Patrimonio Histórico. Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.
— Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes e Infraestructuras.
— Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
Cuarto
Dar traslado del expediente al Ayuntamiento de Navacerrada, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo máximo de un mes”.
Lo que se hace público para general conocimiento significándose que, en cumplimiento de la normativa vigente, dicho expediente podrá ser consultado, por un período de un mes, en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, en horas hábiles, y en www.madrid.org, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de información pública.
Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas, podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido a la Presidenta de la Comisión de Urbanismo de Madrid.
Madrid, a 12 de diciembre 2011.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.
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