Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
12-01-2012

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120112-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

79
Juicio de faltas 183 de 2010

Doña María Luz García Leyva, secretaria del Juzgado de instrucción número 39 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 183 de 2010 se han dictado el presente proveído y la diligencia de ordenación siguientes:

Providencia

Magistrada-juez de instrucción, doña Belén Sánchez Hernández.—En Madrid, a 14 de diciembre de 2011.

Dada cuenta; a la vista de la anterior diligencia, y reuniendo el escrito presentado por “Groupama Seguros, Sociedad Anónima”, los requisitos de tiempo y forma, de conformidad con el artículo 790.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se admite a trámite el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en las presentes actuaciones. Pasen los autos a la secretaria judicial para la tramitación del recurso.

Modo de impugnación: mediante interposición de recurso de reforma en el plazo de tres días ante este órgano judicial.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Luz García Leyva.—En la misma fecha se procede a dar traslado del recurso de apelación a que se refiere la anterior providencia al resto de las partes personadas por el plazo común de diez días, a fin de que si lo estiman conveniente presenten escrito de impugnación o adhesión.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de providencia a don Celedonio Manzano Vázquez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 14 de diciembre de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/43.060/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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