Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
12-01-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120112-218

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 5

EDICTO

218
Procedimiento 535 de 2011

Doña María Nieves Álvarez Morales, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 535 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Fundación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias, contra la empresa “Norplac Decoración e Insonorización, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la representación legal de Fundación Laboral de la Construcción, contra “Norplac Decoración e Insonorización, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa “Norplac Decoración e Insonorización, Sociedad Limitada”, a abonar a Fundación Laboral de la Construcción la cantidad de 1.034,88 euros de principal, más 206,98 euros calculados como 20 por 100 de recargo correspondientes al período de 2009, lo que hace un total de 1.241,86 euros por cuotas de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto del año 2009, concepto 28/1456040/64.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, con advertencia de que contra esta sentencia no cabe recurso, siendo firme.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Norplac Decoración e Insonorización, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Oviedo, a 12 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.189/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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