Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
12-01-2012

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120112-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALAGAMELLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento de Navalagamella, en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de diciembre de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:

Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 55.500 euros en el presupuesto del Ayuntamiento de Navalagamella del ejercicio 2011, con el desglose y aplicaciones presupuestarias que se detallan:

— 1.700 euros en la aplicación presupuestaria 011.31999, “Deuda pública. Intereses”.

— 6.700 euros en la aplicación presupuestaria 011.91100, “Deuda pública. Amortización de préstamos a largo plazo”.

— 1.600 euros en la aplicación presupuestaria 162.22720, “Recogida, eliminación y tratamiento de residuos. Tratamiento de residuos”.

— 12.500 euros en la aplicación, presupuestaria 232.22727, “Promoción social. Organización de actos, viajes y concursos”.

— 6.000 euros en la aplicación presupuestaria 341.22717, “Promoción y fomento del deporte. Trabajos profesionales del deporte”.

— 8.000 euros en la aplicación presupuestaria 342.21200, “Instalaciones deportivas. Edificios y otras construcciones”.

— 10.000 euros en la aplicación presupuestaria 912.10000, “Órganos de Gobierno. Retribuciones básicas”.

— 1.000 euros en la aplicación presupuestaria 912.16000, “Órganos de Gobierno. Seguridad Social”.

— 4.000 euros en la aplicación presupuestaria 920.22103, “Administración general. Combustibles y carburantes”.

— 4.000 euros en la aplicación presupuestaria 920.22110, “Administración general. Productos de limpieza y aseo”.

La financiación del citado suplemento de crédito se efectuará mediante la aplicación del remanente líquido de tesorería para gastos con financiación afectada, resultante de la liquidación del presupuesto del Ayuntamiento de Navalagamella del ejercicio 2010.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose de que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de la contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Navalagamella, a 26 de diciembre de 2011.—La alcaldesa-presidenta, Laura Blázquez del Hierro.

(03/43.737/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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