Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
12-01-2012

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120112-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

OFERTAS DE EMPLEO

53
Procesos selectivos oferta empleo público 2010

Visto que por decreto de 13 de junio de 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de junio de 2011), se acordó la modificación de las fechas de examen de plazas correspondientes a la ejecución de la oferta de empleo público de 2010 y, considerando, que dicho retraso en la fecha de las pruebas traía causa de las dudas suscitadas en torno a la legalidad del proceso selectivo, y habida cuenta de que se halla en trámite un recurso contencioso-administrativo por derechos fundamentales contra la citada convocatoria.

Considerando, que pese a dichas dudas sobre la legalidad no procede, provisionalmente, el inicio de un expediente de revisión de oficio, toda vez que los mismos actos se encuentran “sub iudice”.

Considerando, que conviene en virtud del principio de eficacia, despejar toda duda sobre la legalidad de las bases y las convocatorias, con carácter previo a su ejecución, en evitación de procesos eventualmente innecesarios y por respeto a los derechos tanto de los aspirantes como de terceros; así como para tratar de evitar perjuicios de imposible o difícil reparación.

Considerando, además, que la situación financiera de la Entidad Local está evidenciando las dificultades para hacer frente incluso a las obligaciones correspondientes al capítulo I de gastos por nóminas, produciéndose lamentablemente retraso en el pago a los empleados. Cuestión que obligará a replantearse incluso la posibilidad de incrementar la plantilla.

Por todo ello, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 45.14.a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

RESUELVO

Primero.—Suspender provisionalmente los procesos selectivos correspondientes a la oferta de empleo público de 2010 hasta tanto se pronuncie sobre su legalidad el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 33 de Madrid.

Segundo.—Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de anuncios del Ayuntamiento y página web municipal www.infonuevobaztan.com.

Advirtiéndole de que la presente resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma cabe interposición (potestativamente, artículo 116 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común), del recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, o podrá ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

En el caso de que sea recurrido potestativamente en reposición el acto administrativo que ponga fin a la vía administrativa, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo (artículo 116 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común), hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que este deba entenderse desestimado (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Nuevo Baztán, a 16 de diciembre de 2011.—El alcalde, Luis del Olmo Flórez y el vicesecretario-interventor (a los solos efectos de fe pública), Felipe Rodríguez Serrano.

(03/990/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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