Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2012

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120117-33

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SECRETARÍA DE GOBIERNO

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Nombramiento juez de paz titular de Griñón

Don José Palazuelos Morlanés, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Treinta y ocho.—Nombramiento de juez de paz titular de Griñón.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Griñón en el que se propone el nombramiento de don Jesús Guillermo Panadero Calderón, para el cargo de juez de paz titular, aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 23 de septiembre del 2011, por siete votos a favor, que representa la mayoría absoluta, del número legal de concejales que integran la Corporación.

Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de 6 de octubre de 1993, con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: nombrar juez de paz titular de Griñón a don Jesús Guillermo Panadero Calderón.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado decano de primera instancia e instrucción de Navalcarnero, partido judicial al que pertenece, al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Griñón, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid a 19 de diciembre de 2011.—El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.

(03/235/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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