Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120117-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

71
Demanda 296 de 2011

Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 296 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ascensión Gallego Abarca, contra la empresa “Spainsoft, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 21 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 399 de 2011

En Madrid, a 21 de septiembre de 2011.—Habiendo visto doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, las presentes actuaciones de juicio sobre reclamación de cantidad, seguidas ante este Juzgado con el número 296 de 2011, a instancias de doña Ascensión Gallego Abarca, asistida del letrado don Álvaro Martín Hernáez, frente a la empresa “Spainsoft, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación de Fondo de Garantía Salarial, autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda promovida por doña Ascensión Gallego Abarca, frente a la empresa “Spainsoft, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la suma de 14.099,20 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumba a Fondo de Garantía Salarial para el supuesto de insolvencia de la empresa, en los supuestos y dentro de los límites legales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que frente a la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.

Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso deberá consignar la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre del Juzgado, pudiendo efectuar al depósito:

a) Mediante ingreso en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado (número 2502/ 0000000/número de autos) en la entidad bancaria “Banesto”, sita en la calle Princesa, número 2, de Madrid.

b) Mediante transferencia a dicha entidad en la cuenta número 0030/1033/40/ 0000000000/número de procedimiento y persona o empresa que efectúa el ingreso.

También podrá sustituir la consignación mediante aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolo a este Juzgado junto con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar, en la misma cuenta, la suma de 150 euros en concepto de depósito, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Expídase testimonio de esta resolución, que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Spainsoft, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/267/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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