Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
17-01-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120117-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

97
Demanda 529 de 2009

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 529 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Jesthisa Desarrollos Inmobiliarios, Sociedad Anónima”, contra don José Manuel Abad Morcillo, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Leridana de Estructuras y Cubiertas”, “Montajes Zayja, Sociedad Limitada”, y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Sin entrar a conocer el fondo del pleito planteado por la demandante, “Jesthisa Desarrollos Inmobiliarios, Sociedad Anónima”, estimo la excepción perentoria de cosa juzgada y declaro que los hechos de la demanda han sido resueltos con fuerza de cosa juzgada por el Juzgado de lo Social número 2 de Lérida.

En consecuencia, absuelvo a los demandados Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Montajes Zayja, Sociedad Limitada”, “Leridana de Estructuras y Cubiertas, Sociedad Anónima”, y don José Manuel Abad Morcillo de lo pretendido con la demanda.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Montajes Zayja, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/331/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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