Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120118-86
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 632 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Isabel García Corraliza, contra doña Todorka Mindova Baharova, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
Estimo la demanda formulada por doña Isabel García Corraliza, declaro la improcedencia del despido efectuado por doña Todorka Mindova Baharova el día 11 de abril de 2011, y previa extinción de la relación entre las partes, le condeno a indemnizarle con la suma de 319,92 euros. Asimismo deberá abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del cese hasta la notificación de esta sentencia.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150 euros en la cuenta abierta en el “Banco Español de Crédito”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2806, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en dicha cuenta la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Todorka Mindova Baharova, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 15 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
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