Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
20-01-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120120-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 68

EDICTO

113
Procedimiento ordinario 1.788 de 2010-V

En el presente procedimiento ordinario número 1.788 de 2010, seguido a instancias de Canal de Isabel II, frente a “Vicsampa Restauración, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En la villa de Madrid, a 16 de junio de 2011.—Don Javier Mauleón Álvarez de Linera, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 68 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio ordinario, instados por el procurador don Ignacio Argós Linares, en nombre y representación de Canal de Isabel II, asistida del abogado don Francisco Sainz González, contra “Vicsampa Restauración, Sociedad Limitada”, que no ha comparecido y fue declarada rebelde, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el procurador don Ignacio Argós Linares, en nombre y representación de Canal de Isabel II, contra “Vicsampa Restauración, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, la condeno a que le abone la suma de 24.479,83 euros, más sus intereses legales desde la interpelación judicial, todo ello con imposición de costas a la demandada.

Notifíquese a las partes y hágase saber que contra esta resolución cabe preparar recurso de apelación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, dentro del quinto día siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicha demandada “Vicsampa Restauración, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma y su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 16 de junio de 2011.—El secretario (firmado).

(02/6.357/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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