Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120123-67
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 318 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín Jerez Valderas, contra la empresa “Pinki Peluca, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia de fecha 26 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva dice:
Sentencia
En Madrid, a 26 de septiembre de 2011.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por reclamación de cantidad, seguido con el número de autos 318 de 2011, a instancias de don Joaquín Jerez Valderas, frente a la empresa “Pinki Peluca, Sociedad Limitada”, que no comparece.
Fallo
Que estimando la demanda de reclamación de cantidad entablada por doña Nuria Santiago Yagues frente a la empresa “Sánchez Brea, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la suma de 2.609,09 euros.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.
Adviértase al recurrente que si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita deberá depositar la cantidad de 150 euros en la cuenta de depósito y consignaciones abierta a nombre del Juzgado.
En el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la misma cuenta la cantidad objeto de condena:
A) Mediante ingreso en la cuenta de consignaciones del Juzgado (número 2502 0000000 número de autos), en la entidad bancaria “Banesto”, sita en la calle Princesa, número 2, de Madrid.
B) Mediante transferencia a dicha entidad en la cuenta 030 1033 40 0000000000 número de procedimiento y persona o empresa que efectúa el ingreso.
También podrá sustituir la consignación mediante aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolo a este Juzgado junto con el anuncio de recurso. En todo caso el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
Expídase testimonio de esta resolución, que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Joaquín Jerez Valderas, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 20 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/706/12)

