Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 22

Fecha del Boletín 
26-01-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120126-36

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

36
Plan Especial ordenación, calles Calabozos y Francisco Gervás

El Pleno Municipal, en su sesión ordinaria celebrada el día 29 de noviembre de 2011, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Este órgano plenario, en su sesión de 22 de febrero de 2011, adoptó el acuerdo relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de ordenación pormenorizada sobre las parcelas de las calles Calabozos, número 3, y Francisco Gervás, números 3 y 5, de Alcobendas, presentado por la sociedad “Mibis Real Estate”; resolución en la que se ordenaba la publicación de la misma y de las ordenanzas del citado Plan Especial, con notificación a la sociedad proponente de este último.

Pues bien, como sin dificultad se deduce de las actuaciones obrantes en el expediente y destacan los Servicios técnicos municipales en el informe evacuado al respecto, la propia sociedad “Mibis Real Estate” advirtió a esta Corporación de la existencia en el Plan remitido para su publicación de una serie de errores y duplicaciones documentales cuya subsanación parecía oportuna antes de la entrada en vigor de aquel; revisión llevada a cabo que ha permitido mejorar el documento en su conjunto, sin que en ningún caso de la misma se derive la introducción en el Plan, ya aprobado, de modificaciones de orden sustancial que obligasen a reiterar su exposición pública, como también confirman los mismos Servicios municipales, si bien aconsejan la adopción de un nuevo acuerdo que valide el último documento entregado.

Por todo lo anterior, en aplicación analógica de lo previsto en el artículo 71.3 de la Ley 30/1992, de Procedimiento Administrativo, y en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, este órgano colegiado,

ACUERDA

1. Dejar sin efecto el acuerdo de 22 de febrero de 2011, por el que se aprobaba definitivamente el Plan Especial de ordenación pormenorizada sobre las parcelas de las calles Calabozos, número 3, y Francisco Gervás, números 3 y 5, de esta localidad, presentado por la sociedad anteriormente citada; y ello, por razón de lo expuesto en la motivación anterior.

2. Aprobar definitivamente el nuevo documento del Plan Especial referido en el ordinal anterior que, respecto del instrumento de ordenación objeto de aprobación el 22 de febrero, introduce como novedades meras adaptaciones de detalle en su documentación gráfica y la refundición de apartados en su normativa que redundan en la mejora del propio Plan en su conjunto, sin afectar a su contenido sustantivo, tal como justifican los Servicios técnicos municipales y destaca la motivación reseñada.

3. Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como por los medios telemáticos a que alude el artículo 70 ter, 2 de la misma Ley 7/85, con notificación a la mercantil “Mibis Real Estate”; publicación en la que deberá incluirse el texto íntegro de las ordenanzas de ese instrumento de ordenación, en la redacción finalmente aprobada por virtud del presente acuerdo».

ORDENANZAS

Normas urbanísticas

Artículo 1. Ámbito de aplicación.—El ámbito de aplicación de las presentes normas, tal y como se describe en la documentación gráfica del Plan, son las parcelas sita en la calle Calabozos, número 3, y en la calle Fuencarral, número 54 (4868519VK4846N y 4868511VK4846N), que se describen conjuntamente de la siguiente manera (siendo las medidas aproximadas obtenidas de la cartografía catastral):

“Ámbito compuesto por las parcelas 4868519VK4846N y 4868511VK4846, dentro de las siguientes lindes: al Noroeste, en línea ligeramente curva de 40,19 metros de longitud, por donde tiene el acceso con la calle Calabozos, número 3; al Noreste, en línea de 63,44 metros, con la parcela catastral 4868516VK4847S, y posteriormente, al Noroeste, en línea de 88,19 metros de longitud, también con la misma parcela catastral 4868516VK4847S.

Al Noreste, con la calle Francisco Gervás, por donde tiene acceso en línea ligeramente curva de 106,92 metros de longitud; al Sureste, en línea de 59,67 metros, con la zona de protección de la carretera de Fuencarral a Alcobendas.

Al Suroeste, en línea de 59,69 metros, con la parcela catastral 4868503VK4846N y, posteriormente, al Sureste, en línea de 27,12, con la misma parcela; al Suroeste, en línea quebrada compuesta de dos rectas, la primera, perpendicular al eje de la calle Calabozos, de 14,79 metros de longitud, y la segunda, de 65,89 metros, con parcela catastral 4868510VK4846N”.

Art. 2. Norma zonal aplicable.—A fin de posibilitar el cambio de uso pormenorizado actual al uso terciario, corresponde a las parcelas objeto del presente Plan Especial la Norma Zonal 9. Transformación. Grado 4, desarrollada por el Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, en su artículo 14.9, y en las mismas condiciones que dicha ordenanza se aplica por el Plan General de Ordenación Urbana.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en los artículos 66 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y 124 del texto refundido de la Ley del Suelo de 1992, significando que, contra ese acuerdo, podrá acudirse directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación de ese acto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Alcobendas, a 5 de diciembre de 2011.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(02/320/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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