Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
27-01-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120127-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 1

EDICTO

121
Cantidad 255 de 2011

Por la presente cédula de citación, dictada en méritos de resolución de fecha 21 de diciembre de 2011, en autos instruidos por este Juzgado de lo social a instancias de don Norberto Natalio Olvera Alcivar, contra “Siete por 13, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de cantidad, seguidos con el número 255 de 2011, se cita a la mencionada empresa “Siete por 13, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 31 de enero de 2012, a las once y veinte horas de la mañana, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, al de juicio, que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante el secretario judicial y el segundo ante el juez o magistrado; advirtiéndole que deberá concurrir con los medios de prueba de que intente valerse y que la incomparecencia injustificada de la demandada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía y pudiendo ser tenida por conforme con los hechos de la demanda.

Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta oficina judicial, salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.756/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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