Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120130-105
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1
EDICTO
Doña Ángeles de las Heras López, secretaria del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.
Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, e el proceso seguido a instancias de “Fraternidad Muprespa”, contra don José Ángel Ancho Aso, “Voz y Redes Comunicaciones, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número de Seguridad Social 1.104 de 2011, se ha acordado citar a “Voz y Redes Comunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 12 de marzo de 2012, a las nueve y treinta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 1, sito en calle Gerardo Diego, sin número, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Asimismo, se le hace saber las siguientes prevenciones legales:
1. La incomparecencia del demandado, debidamente citado, no impedirá la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).
2. Se le hace saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con abogado para su defensa y/o representación (procurador o graduado social para su representación), lo que se le comunica a los efectos oportunos.
3. Debe asistir al juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse, (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Podrán asimismo solicitar, al menos, con diez días de antelación a la fecha del juicio, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en el mismo, requieran diligencias de citación o requerimiento (artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
4. Se le advierte de que la parte actora ha solicitado como pruebas:
Al ostentar la condición de persona jurídica se pone en su conocimiento que será su legal representante quien deberá comparecer al acto del juicio para la práctica del interrogatorio, siempre que hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el proceso. Si quien intervino en los hechos controvertidos no hubiera sido su legal representante, será la persona que tenga conocimiento personal de los hechos quien habrá de comparecer al acto del juicio para la práctica de la prueba, (artículo 309.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Sin perjuicio de que, si desea que esa persona sea citada por conducto judicial, así deberá comunicarlo antes de diez días a la fecha prevista para el juicio.
El interrogatorio del representante legal de la empresa y del trabajador.
A tal efecto se le indica que si no comparecen se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubieran intervenido personalmente y les resultaren en todo o en parte perjudiciales (artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
5. Debe comunicar a esta Oficina Judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo 1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
6. También deberá comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o de juicio a los que se le convoca (artículo 183 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Y para que sirva de citación a “Voz y Redes Comunicaciones, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
En Cuenca, a 23 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
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