Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
30-01-2012

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120130-45

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

RÉGIMEN ECONÓMICO

45
Modificación ordenanzas fiscales 2012

Detectado un error en el anuncio publicado el día 21 de diciembre de 2011, se procede a su publicación correcta:

1.o En la página 146, en el punto 8, ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público local deben figurar los siguientes tarifas:

j) Utilización del espacio del teatro.

Por día (máximo siete horas):

a) Con equipamiento técnico y personal técnico:

— Entidades con ánimo de lucro: 310 euros.

— Entidades sin ánimo de lucro no inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Collado Villalba: 250 euros.

b) Sin equipamiento técnico:

— Entidades con ánimo de lucro: 210 euros.

— Entidades sin ánimo de lucro no inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Collado Villalba: 150 euros.

— Entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Collado Villalba y cuyo fin principal sea la promoción y creación teatro, musical o de danza o un fin para los vecinos del municipio:

a) Actividades propias de su fin social, hasta dos veces al año: gratuito.

b) Actividades propias de su fin social, tres o más al año: 113,50 euros.

c) Otras actividades sin ánimo de lucro: 113,50 euros.

d) Actividades lucrativas o con ingresos en taquilla: 206,60 euros.

Asociaciones y entidades no inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Collado Villalba:

k) Utilización del espacio salón de auditorio Centro Cultural Peñalba, hasta tres horas: por horas, 100 euros.

l) Utilización del auditorio de la Escuela Municipal de Música, hasta tres horas: por horas, 75 euros.

2.o En la página 152, en el punto 17, precio público por los servicios de ayuda a domicilio y teleasistencia domiciliaria, deben figurar las siguientes tarifas:


3.o En la página 160, en el punto 21, precios públicos por enseñanzas especiales en establecimientos docentes de las entidades locales, deben figurar las siguientes tarifas en sustitución de las publicadas erróneamente:

Epígrafe 1. Aulas talleres.

1.b) Por asistencia, al mes:


Epígrafe 2. Escuela Municipal de Música y Danza.

1.b) Por asistencia, al mes:


3.o En la página 164, en el epígrafe 1.21, precios públicos de la cantera de empresas, deben figurar las siguientes tarifas en sustitución de las publicadas erróneamente:

Epígrafe 1. Cesión de uso de oficina.

Por el uso de oficinas: 12,40 euros/m2 al mes.

En Collado Villalba, a 13 de enero de 2012.—El alcalde-presidente, Agustín Juárez López de Coca.

(03/1.621/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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